nueva Norma UNE 23500 2018 Abastecimiento de Agua Contra Incendios
07/11/2018

Reciente publicación nueva Norma UNE 23500:2018 Abastecimiento de Agua Contra Incendios

Desde el pasado año 2015 desde el comité técnico CTN23 Seguridad Contra Incendios, (comité en el que es partícipe PEFIPRESA) y en coordinación con la secretaría de TECNIFUEGO, se lleva abordando la revisión de la norma UNE 23500/2012.

A día de hoy, dicha revisión ya ha pasado todos los filtros y ya ha salido publicada como nueva norma UNE 23500/2018.

En dicha revisión de norma, se abarcan entre otras cosas, la mejora generalizada de la misma, el esclarecimiento a las dudas y comentarios planteados por el sector, la corrección de erratas, esquemas y gráficos más claros y por otra parte, se centra en la revisión de las referencias europeas aplicables en el marco de abastecimiento de agua contra incendios y sobre todo, alineando esta nueva versión con las directrices europeas. En cualquier caso, en la norma se indican las novedades más importantes en referencia a la versión anterior.

Principales novedades en referencia a la versión anterior:

1. Creación de un nuevo anexo B (informativo), describiendo el método para seleccionar la categoría y la clase de abastecimiento, principalmente como respuesta a consultas recibidas en relación a las dificultades para entender las tablas correspondientes en la versión 2012.

2. Para mejor compresión del contenido de la norma, el apartado FUENTES DE AGUA aparece en esta versión antes del apartado TIPOS Y CONDICIONES DE ABASTECIMIENTO DE AGUA (en la versión 2012 aparecían al revés).

3. Mayor y mejor definición de 4.2.2. Fuente inagotable y de 4.2.3. depósitos, más ilustrados con diagramas que incluyen versiones de depósitos cilíndricos, no contemplados en versiones anteriores.

4. Tablas para definir la clase de abastecimiento, presentadas de manera más comprensible y ordenadas de dos maneras: por tipo de fuente y otra por clase de abastecimiento y figura esquemática.

5. Eliminación del anexo C de la Norma UNE 23500:2012. Queda sustituido por un nuevo apartado 6.4 en esta nueva versión, aplicable solamente para abastecimiento sencillo y sólo para sistemas de bocas de incendio equipadas (BIE) de cualquier tamaño.

6. Definición del alcance de opciones voluntarias adicionales a las requeridas en la norma. Por ejemplo, la “tabla 8 en el apartado 6.4.1” especifica las condiciones para casos de abastecimiento sencillo con opciones diésel de manera diferente a la “tablas 6” que se utiliza, a nivel general, para abastecimiento superior o doble.

7. Presentación de opciones voluntarias diésel monobloc para abastecimiento sencillo (6.4), con un juego de batería y 3 intentos de arranque, simplificando el requerimiento general para abastecimiento superior o doble, con doble juego de batería y 6 intentos de arranque.

8. En el abastecimiento sencillo (6.4) la parada de la bomba principal sólo puede ser manual (el anexo C de 2012 permitía manual o automática).

9. Armonización de los colores de alarmas de acuerdo con la Norma UNE-EN 12845. Como la Norma UNE-EN 12845-2016 refiere que para el control de la motobomba diésel, los fallos deben ser presentados en amarillo, la nueva versión de la Norma UNE 23500 se ha alineado con ello y especifica los colores de las alarmas y avisos con el criterio siguiente:

  • VERDE: para representar estados de funcionamiento normal (p.e. presencia de tensión de red).
  • ROJO: para representar avisos o pre-alarmas de posible detección de incendio ( p.e. bomba en demanda).
  • AMARILLO: para fallos y alarmas de anomalías técnicas.

10. Nuevo apartado 6.5 Sistema de bombeo en un abastecimiento superior o doble que sustituye al apartado 6.4 Sistema de bombeo de la versión 2012, que era multipropósito con excepciones en un anexo C. En esta versión todo el apartado 6.5 y sus subapartados están referidos a abastecimientos de clase superior o doble, o bien, de clase sencillo, pero con rociadores.

11. Nuevo rango de caudalímetro entre 40% y 150% de Qn o Qnb, según clase de abastecimiento. Se trata de disponer de aparatos de medida cuya escala permita una lectura adecuada alrededor del rango de caudales y presiones nominales necesarias.

12. Queda definido del alcance de las válvulas de seccionamiento del circuito de pruebas, exigiendo señal de supervisión eléctrica siempre que no esté completamente cerrada.

13. Se exige un 5% más de margen por encima de la máxima potencia absorbida para determinar la potencia del motor eléctrico en curvas de bomba con potencia absorbida creciente hasta un punto máximo y luego decreciente.

14. Se han evitado requisitos imposibles de cumplir, como por ejemplo suministro eléctrico disponible “permanentemente”. Para cumplimentar este requisito hay quienes pensaban que había que disponer de un grupo electrógeno adicional, por si hay avería general de la compañía eléctrica; pero nadie garantiza que el grupo electrógeno no falle. Por exagerar, podríamos llegar a instalar una central nuclear junto al equipo, por si falla lo demás, pero tampoco nadie garantiza que no falle la central nuclear.

15. Para paliar el problema anterior y normalizar el principio básico de mantener operativo al máximo posible el suministro eléctrico, se define el concepto de suministro eléctrico “fiables” como algo factible y controlable.

16.Igualmente se han dado alternativas a requisitos con dificultades para obtener los permisos por parte de terceros, como es el caso de la definición de una red de uso público aceptable.

17. Se define el número máximo de depósitos de capacidad reducida ha sido definido con independencia de la clase de abastecimiento.

18. Se han ampliado las posibles ubicaciones de los equipos de bombeo, más acorde con las posibilidades reales de las instalaciones.

19. Se han definido el concepto de “curva estable” de la bomba, tal y como lo indica en sus versiones de consulta el proyecto de Norma pr EN 12259-12.

20. Se amplían y detallan las definiciones de presión de impulsión, nominal, de aspiración y sus límites (véase 6.5.2.2.).

21. Se introduce el concepto “sensor de presión”, más amplio que el presostato, para dar entrada a los transductores de presión si en el futuro lo contemplan otras normas europeas (como la norma UNE-EN 12845).

22. Se permite la instalación de los sensores de presión en serie (como en la edición 2012) o incluso en paralelo, pero con sistemas monitorizado de correcta operatividad de ambos sensores.

23. Se exige un sistema que garantice el bloqueo en modo “automático” los cuadros de bombas principales, con el fin de evitar errores de manipulación.

24. En abastecimiento superior o doble, se reducen los arranques posibles del motor diésel de 5 a 4 tipos, ya que dos de ellos eran redundantes y en esta versión está más en consonancia con la Norma UNE-EN 12845.

25. En el apartado 7.2 se especifica el dimensionado de las tuberías de la red general de distribución de una manera más racional y técnicamente aceptable.

26. En la documentación del equipo de bombeo, se añade el requerimiento de presentar las curvas de bombas originales del fabricante, con independencia de las pruebas en banco de ensayos.

27. Teniendo en cuenta las características de estas instalaciones y la normativa técnica vigente respecto de la legionella se hace referencia a la UNE 100030.

Fuente: Revista Tecnifuego Nº 48.

Desde PEFIPRESA, como guinda al gran trabajo y esfuerzo por los expertos en la materia (PEFIPRESA entre otros) en la confección de esta nueva versión de la UNE 23500/2012, esperamos que el apéndice del Anexo I, “Relación de normas UNE” del nuevo RIPCI (RD 513/2017), sea actualizado a la mayor brevedad.

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